El pasado día 5 de junio se publicó en el BOE la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Supone un hito en la protección de los derechos de la infancia y la adolescencia, ya que viene a reforzar el interés superior de los niños y niñas, contra cualquier forma de violencia, o indicio de ella.
Comentar que, en su paso por el Senado, se incorporaron una serie de enmiendas, que en su mayoría, han sido aprobadas por el Congreso y que, desde UGT, valoramos positivamente, destacando, las siguientes:
- Prohibición de desnudos integrales, exploraciones genitales o pruebas médicas invasivas a los menores para determinar su edad.
- Sustitución de la exploración de los menores de catorce años por su audiencia, y se garantiza la accesibilidad de la grabación audiovisual para los testigos con discapacidad.
- Se mantiene el inicio de la prescripción, en los delitos contra menores, a partir de que la víctima cumpla 35 años, y se han eliminado, como pena, los trabajos en beneficio de la comunidad.
- Se incluye el derecho a poder estar acompañados, por una persona de su confianza, a los niños, niñas y adolescentes, que fueran víctimas de violencia o presencien alguna situación de violencia sobre otra persona menor de edad, en el momento de su comunicación, cuando se le informe de las medidas a adoptar, y durante la actuación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Definición de "entorno seguro": aquel que respete los derechos de la infancia y promueva un ambiente protector físico, psicológico y social, incluido el entorno digital
- Se incorpora la "accesibilidad universal" a todos los procedimientos, en la información y en la comunicación.
- Creación del Consejo Estatal de Participación de la Infancia y la Adolescencia, para que los y las menores participen en la Estrategia para la erradicación de la violencia. - Incorporación del mandato, para las administraciones públicas, de establecer planes y programas de prevención para la erradicación de la violencia sobre la infancia y la adolescencia, evitar el matrimonio infantil y prevenir el abandono escolar.
- Se ha incluido, expresamente en el ámbito educativo y sanitario, el respeto a la dignidad y a los derechos de los y las menores con alguna discapacidad, dificultades del neurodesarrollo, problemas de salud mental, o cualquier otra situación de especial vulnerabilidad. Y se dispone su protección, mediante actuaciones específicas, en los protocolos de actuación contra el abuso y el maltrato, el acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género, violencia doméstica, suicidio y autolesión, así como cualquier otra manifestación de violencia.